ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "104"
Cuerpo
-["ANECA establecerá, escuchadas las comisiones correspondientes, los méritos y competencias a considerar en la valoración de la experiencia profesional de las personas solicitantes cuando se trate de profesiones reguladas del ámbito sanitario y de enseñanzas artísticas."]- +["ANECA establecerá, escuchadas las comisiones correspondientes, los méritos y competencias a considerar en la valoración de la experiencia profesional de las personas solicitantes cuando se trate de profesiones reguladas del ámbito sanitario, de enseñanzas artísticas y técnicas. En cualquier caso, la experiencia profesional deberá ser de aplicación en el ámbito de conocimiento por el que la persona solicitante presenta la solicitud de acreditación. \n- En el ámbito sanitario se valorará la experiencia profesional acorde al Artículo 85, punto 3, de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.\n\"Artículo 85. Actividades investigadoras en los centros del Sistema Nacional de Salud (SNS)\" (Incluyendo las Fundaciones de Investigación Sanitaria acreditadas por el SNS). Punto\u20283: [...El tiempo trabajado desarrollando actividad de investigación en centros del Sistema Nacional de Salud tendrá la misma valoración que el tiempo trabajado con contratos temporales eventuales o de interinidad para desarrollar actividad asistencial]. "]
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