ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "21"
Cuerpo
-["Para la acreditación a PTU se podrá conseguir la puntuación máxima con 2 sexenios de investigación, o 1 sexenio de investigación y 1 de transferencia. Para la acreditación a CU se podrá conseguir la puntuación máxima con 4 sexenios de investigación, o 3 sexenios de investigación y 1 de transferencia."]- +["Para la acreditación a PTU se podrá conseguir la puntuación máxima con 2 sexenios de investigación, o 1 sexenio de investigación y 1 de transferencia o méritos equivalentes. Para la acreditación a CU se podrá conseguir la puntuación máxima con 4 sexenios de investigación, o 3 sexenios de investigación y 1 de transferencia o méritos equivalentes."]
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Estoy de acuerdo, el procedimiento tiene carácter estatal, y se redacta al ampara de un Real Decreto; por ello no deben permitirse sesgos entre los legislados (españoles). Lo dice claro el Articulo 14 de la Constitución:
Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Y te confirmo que en Andalucía a día de hoy los Ayudantes Doctores no solo no tenemos derecho cobrar sexenios, sino que además no se nos permite solicitar la evaluación de los mismos.
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