ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "21"
Cuerpo
-["Para la acreditación a PTU se podrá conseguir la puntuación máxima con 2 sexenios de investigación, o 1 sexenio de investigación y 1 de transferencia. Para la acreditación a CU se podrá conseguir la puntuación máxima con 4 sexenios de investigación, o 3 sexenios de investigación y 1 de transferencia."]- +["Para la acreditación a PTU se podrá conseguir la puntuación máxima con 2 sexenios de investigación, o 1 sexenio de investigación y 1 de transferencia. Para la acreditación a CU se podrá conseguir la puntuación máxima con 4 sexenios de investigación, o 3 sexenios de investigación y 1 de transferencia. \n\nEn caso de que el solicitante indique suficiente contribuciones científicas de calidad equiparable a lo exigido en la convocatoria de sexenios CNEAI en un periodo vivo, se equiparará dicha productividad a un sexenio a efectos de aplicación de este criterio de valoración."]
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Esta enmienda creo que es esencial, porque en algunas autonomías españolas los profesores Ayudantes Doctores no tienen acceso a la evaluación de Sexenios, aunque cumplan los requisitos en cuanto a méritos.
De no considerar esta enmienda el "procedimiento para la obtención de acreditación estatal a los cuerpos docentes universitarios" quedaría NO CONFORME con respecto a al Real Decreto 678/2023, que por ser una ley estatal debe ser ecuánime para todos los legislados.
La Constitución Española en su Artículo 14 indica:
Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
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