ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "39"
Cuerpo
-["Se deberá acreditar una experiencia docente universitaria relevante y diversa, siempre en relación con los encargos docentes realizados por los departamentos y la extensión de la carrera académica, así como una valoración positiva de su calidad. También se valorará la actividad en proyectos y actividades de innovación docente, cuyos resultados deben incluir los identificadores persistentes y enlaces a contenidos y recursos educativos abiertos que se estimen convenientes, y la tutorización docente tanto reglada como de carácter voluntario. En todos los casos, se valorará el grado de internacionalización, de innovación, de apertura a la sociedad y de multidisciplinariedad o interdisciplinariedad de las contribuciones presentadas."]- +["Desde la Asociación ÁPICE de Didáctica de las Ciencias de nuevo queremos destacar la sobrevaloración de la multidisciplinaridad e interdisciplinaridad en la Docencia.\nParece clara, una vez más, la preferencia de la actividad investigadora sobre la docente. No obstante, no tiene mucho sentido, si se exige la suficiencia en ambas.\nEl cambio de una “valoración-dicotómica” (tiene el mérito o no lo tiene) a una “valoración de rangos mínimos-máximos” (distintos valores en función de las aportaciones del solicitante) exige una clarificación y publicidad por las Comisiones que aporte equidad, seguridad jurídica y trasparencia en las valoraciones. En consecuencia, cada Comisión deberá hacer público -antes del comienzo del proceso- la descripción pormenorizada de los criterios que va aplicar.\nPor otro lado, el hecho de establecer mínimos distintos de 0 en algunos indicadores, los convierte de hecho en obligatorios o lleva a situaciones de incongruencias (más adelante se aclara que son obligatorios). Por ejemplo, si un solicitante no ha realizado “Evaluación por autoinforme”, lo lógico sería obtener una puntuación 0; sin embargo, no puede tener un valor mínimo menor de 7.5. Lo mismo se podría decir en formación para la mejora docente (en 2.3.2 de TU) o en tutorización reglada o voluntaria (en 2.4 de CU).\nConsideramos positiva la inclusión novedosa de la formación docente (recibida e impartida). No se entiende que “Formación para la mejora docente recibida” sea obligatoria para TU y no para CU. ¿No debería ser igualmente importante la innovación en las clases de un CU como en las de un TU? "]
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