ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "33"
Cuerpo
-["En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones y para conseguir el mínimo necesario se requieren 6 meses de estancia de investigación."]- +["En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones."]
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Considero que el requisito exigido en el apartado 1.3 sobre estancias no respeta:
- Art. 65 de Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU): “Asimismo los procedimientos de acreditación del profesorado funcionario y laboral deberán incorporar criterios que garanticen que la igualdad y la conciliación sean efectivas”.
- Art. 21.7 del RD 678/2023: ANECA deberá incluir disposiciones específicas para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres y la no discriminación por cualquier razón social, así como el derecho a la conciliación de la vida familiar en los procedimientos y criterios de evaluación.
- Principio p2 10 del Procedimiento para la obtención de la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios: Deberá incorporar criterios que garanticen que la igualdad y la conciliación de la vida personal y laboral sean efectivas.
Este mérito debería pasar a ser considerado mérito complementario.
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