ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "88"
Título
-{"es"=>"88"}- +{"es"=>"Considerar liderazgo en docencia"}
Cuerpo
-["Se requerirá que las personas solicitantes aporten evidencias significativas de una trayectoria de liderazgo. Dicha trayectoria quedará avalada por las actuaciones que demuestren la capacidad de dirección de equipos y proyectos de investigación, la formación y promoción de jóvenes docentes e investigadores, la dirección y gestión universitaria, los reconocimientos y las responsabilidades ejercidas en organizaciones científicas y comités científicos y técnicos u otras actividades de liderazgo equivalentes. En todos los casos, se valorará el grado de internacionalización, de innovación y de apertura a la sociedad de las contribuciones presentadas."]- +["Se requerirá que las personas solicitantes aporten evidencias significativas de una trayectoria de liderazgo. Dicha trayectoria quedará avalada por las actuaciones que demuestren la capacidad de dirección de equipos y proyectos de investigación o docentes, la formación y promoción de jóvenes docentes e investigadores, la dirección y gestión universitaria, los reconocimientos y las responsabilidades ejercidas en organizaciones científicas y comités científicos y técnicos u otras actividades de liderazgo equivalentes. En todos los casos, se valorará el grado de internacionalización, de innovación y de apertura a la sociedad de las contribuciones presentadas."]
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Si no se valora el liderazgo en actividades de responsabilidad social universitaria (RSU) en todos los ámbitos, no solo el investigador, sino el docente, y también la transferencia con valor social, como se van a cumplir los artículos de la LOSU que hablan de la función de aporte al bienestar social, cohesion social y territorial?
El liderazgo NO puede ser solo en el ámbito investigador. No vamos a suplir así el déficit de la universidad en materia de RSU.
(art 2): las universidades deben contribuir al bienestar social, al progreso económico y a la cohesión de la sociedad y del entorno territorial en que estén insertas, generando espacios de creación y difusión de pensamiento crítico, y formando a la ciudadanía a través de la transmisión de los valores y principios democráticos.
(art. 18) las universidades se implicarán directamente en el desarrollo de su entorno y fomentarán la participación de la comunidad universitaria
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