ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "6"
Cuerpo
-["Para ambos cuerpos, las personas solicitantes que hayan desarrollado su carrera principalmente en una institución no universitaria dedicada a la investigación, o en una universidad extranjera en la que el cómputo y los instrumentos de medición de la calidad de la actividad docente resulten difíciles de trasladar al sistema español, podrán obtener la acreditación sin necesidad de cumplir con el conjunto de los méritos y competencias de actividad docente siempre que acrediten resultados de investigación excepcionales, esto es, cuando hayan obtenido financiación del Consejo Europeo de Investigación (ERC) en sus programas de excelencia investigadora Starting Grant, Consolidator Grant, Advanced Grant o Synergy Grant."]- +["Para ambos cuerpos, las personas solicitantes que hayan desarrollado su carrera principalmente en una institución no universitaria dedicada a la investigación, así como institutos de investigación universitarios y centros mixtos, o en una universidad extranjera en la que el cómputo y los instrumentos de medición de la calidad de la actividad docente resulten difíciles de trasladar al sistema español, podrán obtener la acreditación sin necesidad de cumplir con el conjunto de los méritos y competencias de actividad docente siempre que acrediten resultados de investigación excepcionales, esto es, cuando hayan obtenido financiación del Consejo Europeo de Investigación (ERC) en sus programas de excelencia investigadora Starting Grant, Consolidator Grant, Advanced Grant o Synergy Grant."]
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El uso de “institución no universitaria dedicada a la investigación” resulta muy restrictivo (al parecer restringirse únicamente el Consejo Superior de Investigaciones Científicas). Así, no se contempla la casuística los centros de investigación como los centros mixtos (CSIC-Universidades) o de los institutos de investigación universitarios, los cuales emplean a una buena parte de los investigadores/as de programas de excelencia que han desarrollado sus proyectos ERC en España. En este sentido, consideramos que el borrador debe de ampliarse de la siguiente manera: “instituciones no universitaria dedicada a la investigación así como institutos de investigación universitarios y centros mixtos”.
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