ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "100"
Cuerpo
-["Se valorará la responsabilidad ejercida en órganos de dirección de asociaciones u organizaciones científicas o en comités nacionales e internacionales. Para que una contribución sea considerada se requerirá que cuente con una duración de al menos 4 años. Podrá aportarse un máximo de 5 contribuciones. "]- +["Se valorará la responsabilidad ejercida en órganos de dirección de asociaciones u organizaciones científicas o en comités nacionales e internacionales. Para que una contribución sea considerada se requerirá que cuente con una duración de al menos 4 años. Podrá aportarse un máximo de 5 contribuciones. \nENMIENDA:\n1. Debe considerarse que los cargos de gestión no son elegidos por el personal de las universidades, sino que son ofrecidos o designados por las personas que dirigen diferentes niveles de gestión en la universidad (como es el caso de vicedecanatos, subdirecciones y secretarías de departamento, vicerrectorados,...), por lo tanto no está sujetos a la voluntad de las personas que se van a someter a evaluación para CU. Otros cargos, son asignados tras procesos electorales (rectorado, decanatos, direcciones de departamento). \n2. Sugiero que se tengan en cuenta otros cargos de gestión como la coordinación de los títulos oficiales (grado, máster y doctorado) en la valoración de este apartado. \n3. Es necesario incluir en este apartado el trabajo de las personas que ejercen o han ejercido un cargo de representación sindical (delegados/as electos/as) mediante concurrencia a elecciones. Ya que se hace complicado ser delegada sindical (Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical) y al mismo tiempo, desarrollar labores de dirección y gestión universitaria, garantizando el correcto desarrollo de ambos trabajos y la defensa de las y los trabajadores, sin entrar en conflictos de interés. Por lo cual, ser delgado/a sindical/a se debería incluir en este apartado como cargo unipersonal.\n4. Se debería de reconsiderarla duración mínima, ya que no siempre depende de nuestra voluntad (cargas familiares, cuidado de personas a cargo, enfermedades, ....) permanecer en un cargo. \n5. Estos cambios contribuiría a garantizar criterios de igualdad de género en los procesos de acreditación (aumentando el número de mujeres acreditadas), ya que diferentes estudios demuestran cómo el grueso de las plantillas están compuestas por mujeres pero los cargos de liderazgo al máximo nivel son ocupados por hombres (efecto tijera)."]
Reportar contenido inapropiado
Este contenido no es apropiado?
1 comentario
Cargando los comentarios ...
Cargando los comentarios ...