ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "97"
Título
-{"es"=>"97"}- +{"es"=>"Eliminar mínimos"}
Cuerpo
-["Se valorará el trabajo realizado en la dirección y gestión universitaria o científica a través de cargos unipersonales. Se requerirá como mínimo una actividad acreditada de 4 años y podrá aportarse un máximo de 5 contribuciones."]- +["Se valorará el trabajo realizado en la dirección y gestión universitaria o científica a través de cargos unipersonales o en órganos colegiados.\n\nSe incluyen dentro de este apartado el desempeño de las responsabilidades de dirección, coordinación y secretaría de los programas de doctorado, de máster universitario y de los grados; la membresía de las comisiones de trabajo creadas por resolución rectoral, del claustro universitario y del consejo social; así como los cargos y miembros de los órganos de representación del PDI y de la representación sindical.\n\nLa valoración tendrá en cuenta las características del cargo o del órgano del que se ha formado parte."]
Reportar contenido inapropiado
Este contenido no es apropiado?
Detalles del comentario
Estás viendo un solo comentario
Ver todos los comentarios
Este requisito sería contrario a la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. Según el artículo 6.b ("La discriminación indirecta se produce cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ocasiona o puede ocasionar a una o varias personas una desventaja particular con respecto a otras") sería discriminación indirecta. Aunque es aparentemente neutro, realmente no lo es, ocasiona a un grupo de personas (mujeres) una desventaja respecto a los hombres porque ha existido durante décadas una enorme brecha de género en los cargos unipersonales de la Universidad.
Cargando los comentarios ...