ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "12"
Cuerpo
-["En el caso de la acreditación a CU se deberá demostrar actividad suficiente en los últimos 10 años, aunque se puedan aportar contribuciones del conjunto de la carrera."]- +["En el caso de la acreditación a CU se deberá demostrar actividad suficiente en los últimos 8 años, aunque se puedan aportar contribuciones del conjunto de la carrera."]
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Por ese mismo motivo y para no perjudicarnos a ninguno de nosotros, no se deben limitar a un número de años concreto la consecución de los méritos. Que se valoren nuestras trayectorias completas, independientemente de que hayamos alcanzado los mínimos en 15, 8, o 4 años.
En relación con los 8 años de trayectoria, no sé si hará referencia al art. 5 c) del Real Decreto 678/2023. Si es así, no comparto con Usted que se nos deba valorar la trayectoria en los últimos 8 años. El RD únicamente señala que para poder solicitar la acreditación a CU deberá tener una antigüedad de 8 años aquellos doctores que no sean ni PTU ni PPL.
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