ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "36"
Cuerpo
-["Deberá valorarse, tanto para conseguir el mínimo como el máximo, su extensión, su carácter internacional o nacional, la calidad de las actividades desarrolladas, los resultados constatables y el avance en el establecimiento de redes de trabajo estables, así como el prestigio de la universidad o centro de investigación de acogida en el ámbito de su especialidad."]- +["Deberá valorarse, tanto para conseguir el mínimo como el máximo, su extensión, su carácter internacional o nacional, la calidad de las actividades desarrolladas, los resultados constatables y el avance en el establecimiento de redes de trabajo estables, así como el prestigio de la universidad o centro de investigación de acogida en el ámbito de su especialidad.\n\nEste requisito se considerará cumplido para aquellas personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%."]
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Me parece bien la enmienda, pero considerándose también que en general a las personas con minusvalías no deberían exigírseles requisitos mínimos de ningún tipo si son incompatibles o muy difíciles de lograr con su minusvalía. Además, el criterio debe ser amplio, porque hay muchos tipos de minusvalías diferentes y cada una necesita unas ayudas determinadas. Por ejemplo, una persona muda puede tener problemas con la gestión, una persona con déficit visual con otras cuestiones, etc. Igual que en las oposiciones se valora la situación de cada persona discapacitada, en la acreditación debería hacerse también. Si se considera necesario, además del certificado de discapacidad se puede aportar un certificado médico. La presencia de expertos en las mesas y la colaboración de asociaciones de personas discapacitadas y de profesores universitarios con discapacidad facilitaría la labor de regulación.
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