ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "4"
Cuerpo
-["La suficiencia se alcanzará con la mitad de la puntuación total otorgada a cada uno de los bloques de méritos y competencias mencionados (actividad investigadora, actividad docente, liderazgo y, en su caso, actividad profesional). Los mínimos expresados en cada tabla son imprescindibles para poder conseguir la acreditación correspondiente."]- +["La suficiencia se alcanzará con la mitad de la puntuación total otorgada a cada uno de los bloques de méritos y competencias mencionados (actividad investigadora, actividad docente, liderazgo y, en su caso, actividad profesional). "]
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Creo que no es necesario los mínimos, al menos en algunos apartados, por ejemplo, 1.3. Estancias en universidades y centros de investigación, pues se contradice con parte de lo indicado en el procedimiento para la obtención de la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios en lo que se refiere al punto 3. Requisitos para optar a la acreditación en su requisito segundo párrafo segundo "no tendrán que acreditar este requisito de movilidad las personas que, a fecha 12 de abril de 2023 ..., estuviesen contratadas como ... (disposición transitoria quinta, punto 3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario). Además, creo que discrimina a profesores que obtuvieron su acreditaciones a dichos contratos, donde no era un requisito obligatorio si no adicional en la evaluación, con respecto a otras figuras en las que si era una condición necesaria. Tampoco se ha tenido presente la conciliación familiar, todos/as no podían irse de instancia.
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