ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
Enmienda a "25"
Cuerpo
-["En el caso particular de CU, de las como máximo 20 contribuciones presentadas hasta 6 deben corresponderse con resultados de transferencia e intercambio de conocimiento, que estén claramente diferenciados de los de investigación, docencia u otros méritos curriculares, y que atiendan a las características propias de cada ámbito del conocimiento."]- +["En el caso particular de CU, de las como máximo 20 contribuciones presentadas hasta 6 PUEDEN corresponderse con resultados de transferencia e intercambio de conocimiento, y que atiendan a las características propias de cada ámbito del conocimiento. Se elimina \"que estén diferenciados claramente de los de investigación, docencia u otros méritos curriculares\", porque, con frecuencia, están entrelazadas. "]
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Totalmente de acuerdo. La norma debería clarificar la diferencia entre investigación y transferencia de la investigación. En cuanto a los méritos de investigación, se deberían aceptar publicaciones, cuya calidad e innovación sean demostrables, que cuando se publicaron no tuvieron la oportunidad de formar parte del sistema de Índice de impacto y cuartiles. En esta situación se encuentra una generación de Profesorado Titular de Universidad que no pudo publicar siguiendo el criterio de Índice de impacto en la primera década de su carrera universitaria por la sencilla razón de que dicho criterio se adoptó con posterioridad. En cuanto a los méritos de transferencia, se deberían clarificar y especificar.
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