ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
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Conversación con El alquimista
Este requisito siempre me ha parecido absurdo. Tod@s sabemos que la figura que más atracción genera para un estudiante que se plantee el Doctorado es un CU: por prestigio y porque generalmente suelen ocupar puestos de poder en los Departamentos que hacen nacer en el estudiante de Doctorado ciertas expectativas de promoción. Ello supone que sea muy complejo para categorías inferiores a CU dirigir una tesis doctoral. Valorarlo como exigencia no acreditará ninguna especial capacidad investigadora: al revés, acreditará la capacidad del interesado de atraer, cueste lo que cueste, a alguien para dirigirle una tesis doctoral.
Por ello, considero que debiera valorarse como mérito, y no como exigencia.
Eso es, valorarlo como mérito estoy de acuerdo al 100%, pero que sea una obligatoriedad es posible que se estén cerrando las puertas a posibles CU que por el motivo que sea no han sido capaces de dirigir una tesis
Completamente de acuerdo. Los doctorandos suelen buscar que algún catedrático les dirija la tesis; no suelen buscar a los profesores titulares. Si se establece el criterio como obligación va a propiciar que los profesores titulares vayamos a la búsqueda del candidato al phd y que hagamos nosotros/as su trabajo, si el alumno se retrasa, encuentra trabajo, o se cansa del doctorado, todo ello bastante común (lo no común es que defienda en 4 años).
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