ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
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Conversación con AyudanteDoctor
Además, estos mínimos exigen que en algunos apartados haya que obtener una puntuación superior a la mitad de la puntuación requerida.
En este sentido, creo que también hay una incongruencia entre el documento del Procedimiento y el de Borrador de los Criterios en el ámbito de las estancias en universidades y centros de investigación, ya que en el documento del Procedimiento se indica que uno de los requisitos para optar a la acreditación a cuerpo de PTU es:
"Acreditar la realización de actividades de investigación o docencia, y en su caso de transferencia e intercambio del conocimiento, por un período acumulado de, como mínimo, nueve meses en universidades o centros de investigación distintos de aquella institución en la que se presentó la tesis doctoral.
No tendrán que acreditar este requisito de movilidad las personas que, a fecha 12 de abril de 2023, en que se produjo la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, estuviesen contratadas como Profesor/a Ayudante Doctor/a, Profesores/as Colaboradores/as con carácter indefinido o Profesor/a Contratado/a Doctor/a (disposición transitoria quinta, punto 3 de la citada ley)."
Sin embargo, revisando el Borrador de los nuevos Criterios de Acreditación a PTU, en la parte de Actividad Investigadora se pide un mínimo de 10 puntos en "Estancias en universidades y centros de investigación". Además, en el texto se explica que "Los mínimos expresados en cada tabla son imprescindibles para poder conseguir la acreditación correspondiente" y que para TU "para conseguir el mínimo necesario se requieren 6 meses de estancia de investigación".
Consecuentemente, a mi modo de ver, los Criterios deberían contemplar esta situación en el ámbito de la movilidad, para que no entre en conflicto con lo establecido en el Procedimiento. Esto se debe a que, aunque no es un requisito haber realizado la movilidad de 9 meses si se cumple la condición sobre el requisito de movilidad (estar contratado como Ay.Dr a fecha 12 de abril de 2023), considerando los criterios mínimos establecidos en el borrador, finalmente sí existe un "requisito" mínimo de al menos haber realizado una movilidad de 6 meses en el caso de la acreditación a PTU.
Gracias por permitir la participación en el desarrollo del documento.
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