ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
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Conversación con AyudanteDoctor
El motivo de mi contribución a la mejora del documento Borrador de los Criterios de Acreditación a PTU y CU. En general, creo que es una adaptación muy significativa a la carrera docente real actual, tengo algunas puntualizaciones que me gustaría compartir.
En mi opinión, se deberían revisar las puntuaciones mínimas exigidas en los diferentes subapartados que se indican en las tablas tanto para la acreditación a TU como a CU, para que el baremo pueda adaptarse a todos los perfiles que aspiran a la acreditación y que no se produzca un cambio de criterios repentino que suponga el retraso al proceso de acreditación. Según el documento de Procedimiento para la Obtención de la Acreditación Estatal del 29/01/2024, uno de los principios de este nuevo modelo de acreditación es que “P4. Garantizará una evaluación basada en la especificidad del área o ámbito de conocimiento” y esto podría no garantizarse si se exigen mínimos en la mayoría de los subapartados evaluados.
Además, estos mínimos exigen que en algunos apartados haya que obtener una puntuación superior a la mitad de la puntuación requerida.
En este sentido, creo que también hay una incongruencia entre el documento del Procedimiento y el de Borrador de los Criterios en el ámbito de las estancias en universidades y centros de investigación, ya que en el documento del Procedimiento se indica que uno de los requisitos para optar a la acreditación a cuerpo de PTU es:
"Acreditar la realización de actividades de investigación o docencia, y en su caso de transferencia e intercambio del conocimiento, por un período acumulado de, como mínimo, nueve meses en universidades o centros de investigación distintos de aquella institución en la que se presentó la tesis doctoral.
No tendrán que acreditar este requisito de movilidad las personas que, a fecha 12 de abril de 2023, en que se produjo la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, estuviesen contratadas como Profesor/a Ayudante Doctor/a, Profesores/as Colaboradores/as con carácter indefinido o Profesor/a Contratado/a Doctor/a (disposición transitoria quinta, punto 3 de la citada ley)."
Sin embargo, revisando el Borrador de los nuevos Criterios de Acreditación a PTU, en la parte de Actividad Investigadora se pide un mínimo de 10 puntos en "Estancias en universidades y centros de investigación". Además, en el texto se explica que "Los mínimos expresados en cada tabla son imprescindibles para poder conseguir la acreditación correspondiente" y que para TU "para conseguir el mínimo necesario se requieren 6 meses de estancia de investigación".
Consecuentemente, a mi modo de ver, los Criterios deberían contemplar esta situación en el ámbito de la movilidad, para que no entre en conflicto con lo establecido en el Procedimiento. Esto se debe a que, aunque no es un requisito haber realizado la movilidad de 9 meses si se cumple la condición sobre el requisito de movilidad (estar contratado como Ay.Dr a fecha 12 de abril de 2023), considerando los criterios mínimos establecidos en el borrador, finalmente sí existe un "requisito" mínimo de al menos haber realizado una movilidad de 6 meses en el caso de la acreditación a PTU.
Gracias por permitir la participación en el desarrollo del documento.
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