ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
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Conversación con Julio del Corral
Pedir de experiencia mínima 10 años de dedicación a tiempo completo para obtener la experiencia docente mínima contradice el RD de acreditación que estipula que podrán pedir la acreditación a CU sin ser PTU con un currículum excelente en investigación. Sugiero que se establezca algún mecanismo para eliminar este requisito para candidatos excepcionales en investigación como, por ejemplo, obtener más de 75 puntos en el apartado 1.
O, en caso de no eliminar la experiencia mínima de 10 años a tiempo completo, que se reduzca un poco, por ejemplo, a 8 años a tiempo completo (el doble que la acreditación a PTU), de modo que sigue siendo una petición razonable.
Exacto, poner como requisito 10 años es exagerado. Lo que consigue es retener y tener que hacer esperar a candidatos que cumplirían antes con el nivel para obtener la acreditación a CU. 8 años (que es el doble de lo solicitado para PTU) lo veo más coherente y adecuado. Si no está desproporcionado.
¿Por qué 10 años? Un solicitante que haya alcanzado un mínimo de horas docentes (IMPORTANTE: tanto durante su etapa pre como postdoctoral) y contribuciones docentes relevantes, ¿por qué tiene esperar a 10 años? Además, este mínimo de 10 años podría ser compensado por investigadores que han desarrollado una trayectoria científica excelente (en términos de publicaciones, contribuciones científicas y liderazgo: Y NO SOLO LOS QUE HAN RECIBIDO EUROPEAN GRANTS: por ejemplo, por encima de 70 puntos). La complementariedad es importante. Creemos razonable que 8 AÑOS (el doble que a titular) es una trayectoria suficiente. Limita el acceso a profesores que han desarrollado una trayectoria investigadora brillante.
Además, de pedirse 10 años, deberían tenerse en cuenta años de experiencia postdoctoral también, como Juan de la Cierva o Ramón y Cajal, aunque no supongan años de experiencia docente completa. Si no, estamos poniendo en inferioridad de condiciones a aquellos con carreras que hayan dependido de convocatorias competitivas, frente a los que entran directamente como ayudantes doctores.
Totalmente de acuerdo. La normativa anterior contemplaba dos vías para la acreditación: la ordinaria (PAD y PCD) y la investigadora, precisamente para quienes habían obtenido las antiguas becas post-doctorales, enormemente competitivas, o una RyC. También habría recordar que la crisis económica y los recortes de financiación hicieron mucho más difícil que hoy en día obtener esos contratos competitivos, con el añadido de la limitación en docencia. Haberlos conseguido y haber desarrollado una carrera acorde con las exigencias pedidas no puede verse penalizado ahora.
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