ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
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Conversación con El alquimista
Esta exigencia parece conforme a la LOSU, y no seré yo quien critique la coherencia que parece que se va a implantar entre la normativa reguladora y el desarrollo de estas cuestiones. En cualquier caso, como ya se ha indicado, es una exigencia que no depende de uno mismo, por lo que su consideración podría ser la de mérito preferente, más que la de "obligatorio".
Y, si esto no fuera posible, debiera ajustarse la coherencia. Si según la LOSU los cargos unipersonales serán de máximo 6 años, no renovables, con esos 6 años debiera obtenerse el máximo (30 puntos), y las porciones inferiores ir prorrateadas (p.ej., 2 años serían 10 puntos, el mínimo). Esto permitiría cierta rotación en los cargos para obtener el mínimo que reduciría las guerras de poder en los Departamentos.
Por otra parte, debería concretarse más la puntuación por año. ¿Que con 4 años se alcance el mínimo (10 puntos) quiere decir que la valoración es de 2'50 puntos por año?
Desarrollo de una lista concreta de cargos.
Que se especifique concretamente que se considera cargos unipersonales, para que no haya discrepancias ni arbitrariedades
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