ACADEMIA2024: revisión de los criterios de evaluación de méritos y competencias
Proceso para la propuesta de mejoras en los criterios de evaluación del programa de acreditación de profesorado funcionario (ACADEMIA)
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Conversación con PDI
Exigir estancias obligatorias para quienes estaban a punto de poder cumplir los requisitos anteriores a TU o CU es cambiar las reglas del juego de repente. Esas personas se han centrado en publicar o hacer otro tipo de actividades establecidas como obligatorias por los baremos actuales y ahora nos encontramos con que las actividades opcionales (estancias, entre otros) pasan a ser obligatorias y las obligatorias pierden mucho peso y de repente algunas actividades en las que hemos invertido nuestro tiempo ya no son necesarias o tan necesarias (por ejemplo, publicaciones, presentar en congresos internacionales, organizar congresos internacionales). Hay que tener en cuenta también que las/os actuales Ayudantes Doctores/as hemos estado impartiendo 240 horas anuales en muchos casos de asignaturas en las que dábamos clase por primera vez y con poca capacidad para decidir en qué momento del año impartíamos esa docencia, lo cual ha dificultado que se hayan podido hacer estancias postdoctorales.
Estoy totalmente de acuerdo. Además, hay que sumar que el mínimo de estancias que se anunciaba en la LOSU se había eliminado para quienes ya tenían un contrato de PAD o PCD (ahora PPL), por lo que estos criterios contradicen esa ley.
Estoy de acuerdo contigo. De todos modos, como PAD, deberías estar amparado por la Disposición Transitoria Quinta de la LOSU. Me gustaría pensar que la ANECA no ha mencionado esto en el borrador simplemente porque es una disposición transitoria y no recoge la futura situación general que se dará de aquí a unos años. Sin embargo, considerando que la LOSU es una ley de rango superior, su contenido prevalecería sobre cualquier contradicción presente en este borrador o texto definitivo. Las estancias deben valorarse, por supuesto, pero no deberían de ser nunca un requisito obligatorio.
El Real Decreto 678/2023, establece en el artículo 5.c un "tener la condición de doctor o doctora con, al menos, ocho años de antigüedad". Los mínimos exigidos son incompatibles con la norma jerárquicamente superior así que no se ajustan a derecho. En esos 8 años es incompatible exigir 1600 horas docentes con los cuatro años de gestión universitaria cuyos cargos unipersonales suponen descargas docentes del 100% (no se imparte docencia). Para impartir las 1600 horas ya necesitas los 8 años con docencia completa. Así pues, no sería compatible la exigencia de docencia con la exigencia de cargos unipersonales. Impediría a los que cumplen el mínimo de 8 años poder acreditarse. Como prevalece la norma superior, esto es, el Real decreto, todos los mínimos que no se pueden cumplir en ese periodo o que son incompatibles entre sí no podrían ser exigidos de acuerdo con la normativa actual.
El PdI se debería encargar de la docencia y la investigacion, lo de los cargos unipersonales no está al alcance de todo el mundo, y no es imprescindible que la gestión esté en manos de TUs o Cus. Otros modelos de universidad están gestionados por técnicos especializados en la gestión
Efectivamente las personas que hemos seguido los requisitos anteriores y estamos a punto de acreditarnos nos vemos perjudicados con los criterios mínimos obligatorios, especialmente con el criterio de las estancias con duración mínima de seis meses y de los proyectos de duración de tres años. Los prof. ayudantes doctores tenemos 24 créditos lo cual no facilita las estancias largas además de los problemas de toda índole que esto implicaría a nivel personal y profesional, también supone un problema para los departamentos, por lo que no debería ser un requisito obligatorio, mi propuesta es que siga siendo opcional y que también se valoren otras estancias de investigación.En cuanto a los proyectos, algunos tienen una duración inferior a la requerida por lo que este requisito tampoco debería ser obligatorio. Considero que los criterios mínimos establecidos para conseguir la puntuación de cada bloque perjudican y ralentizan considerablemente el proceso de acreditación.
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